CIRCULAR Marzo 2013

27.03.2013 22:30

Estimada(o)s Vecina(o)s:

Nos es grato saludarlos  e informar el estado de los avances a la fecha del proceso de traspaso del comité anterior al nuevo comité de administración:

1.    Antecedentes generales. Status: Entregado.
a.    Contrato de servicios de seguridad
b.    Jardinería
c.    Proyectos

2.    Tesorería: Status: En proceso de revisión.
a.    Documentos de ingreso y egresos entregados con fecha 22 de marzo 2013.
b.    Plazo de revisión: Hasta el 31 de marzo 2013.
c.    Transferencias de fondos: Pendiente .

3.    Constitución legal del comité. Status: En proceso.
a.    Legalización de actas
b.    Emisión Cuenta Corriente Condominio El Belloto.
c.    Plazo estimado de término: Abril 2013.

Al mismo tiempo, recordamos que la normativa que rige la copropiedad inmobiliaria es la Ley N° 19.537, así como el Reglamento de copropiedad Vigente de nuestro condominio, según consta bajo el repertorio N° 3.861 – 2011, protocolizado en la Notaria, Sr. Raúl Undurraga Laso. Todos en su conjunto regulan y describen en detalle el uso del dominio exclusivo a favor de distintos propietarios, manteniendo uno o más bienes en el dominio común.

El Reglamento de copropiedad de El Condominio El Belloto, fue entregado junto a la escritura de su propiedad, en caso de requerir copia, gustosamente se lo haremos llegar.

Dado lo anterior, indicamos algunos puntos importantes que se deben respetar y tener  presente y que ante cualquier consulta o duda rogamos comunicarse con este comité,  a través del email: comite.elbelloto@gmail.com. Al mismo tiempo, ponemos a su disposición un blog, donde encontrara información de interés para toda la comunidad del El Belloto. Los invitamos a visitar la siguiente dirección: https://el-belloto.webnode.es/ :

1.    Velocidad máxima al interior del condominio: 15 km/h
2.    No botar basura, en las áreas comunes “Se deben usar los Basureros”.
3.    Mantener limpios los antejardines y el frente de su casa.
4.    No botar escombros
5.    Mantener la calle despejada.
a.    No estacionar automóviles por periodos prolongados frente a su casa.
b.    No dejar materiales de construcción en calles o de terrenos de uso común.
6.    Recoger las necesidades de su mascota
7.    Pasear a su perro con correa.
8.    Cuidar los juegos  y plantas de nuestras plazas.
9.    No tocar la bocina
10.    Tener siempre despejadas las zonas donde se encuentran ubicados los grifos.
11.    Señalizar a sus visitas el uso de estacionamiento destinados para ellos.
12.    Por las Noches y como medidas de Seguridad:
a.    No dejar a la vista bicicletas, triciclos, entre otros,  en los antejardines o plazas
b.    Cerrar ventanas y ventanales.
c.    Dejar los autos cerrados.
13.    Informar a Seguridad y/o vecinos cuando se ausente por periodos largos.
14.    Informar a Seguridad ante cualquier ruido o persona sospechosa.
15.    Los trabajadores, ya sea, jardineros, nanas o constructores, son de exclusiva responsabilidad del propietario que contrate sus servicios.
16.    Los trabajos de construcción o de cualquier tipo que perturben la tranquilidad del condominio, se ejecutarán en el siguiente horario:
a.    Lunes a Viernes de 8:30 a 18:30 horas
b.    Sábado: de 9:00 a 14:00 horas.
c.    Domingo y Festivos: No se podrán ejecutar.
17.    No se puede depositar, aunque sea transitoriamente, materias húmedas, infectas, mal olientes o inflamables.
18.    No se pueden tender o exhibir hacia el exterior ropas, alfombras, sabanas o cualquier objeto que afecte la estética del condominio.
19.    No se pueden colocar letreros en las ventanas, muros o techumbres o en cualquier sector de las viviendas o de los bienes comunes.
20.    No se pueden colocar cables o antenas de radio o televisión por las fachadas o cualquier objeto que afecte la estética del condominio.
21.    No se pueden cercar con muros o construcciones solidas los sectores de antejardines o frontis de las viviendas. Solo se permitirá cercos de especies vivas o arbustos y deberán ser mantenidas a una altura no superior a un metro medido desde el nivel del suelo.
22.    Los antejardines o estacionamientos son un bien común de uso exclusivo del propietario de cada vivienda, sin embargo, estos no pueden ser techados o realizar ningún tipo de construcción sin la autorización del comité de administración.

Por favor, se debe tener presente que ante cualquier incumplimiento de lo descrito en el Reglamento del Condominio o lo estipulado por la Ley, se encuentran afectos a multas las cuales fueron votadas  y acordadas en asamblea de copropietarios.

Sin otro particular se despide atentamente de uds.

Comité de Administración
El Belloto – Ayres de Chicureo